Un juzgado de Barcelona condenó ayer a unos padres a una multa de 700 euros por no llevar a su hijo al instituto de El Prat de Llobregat (Baix Llobregat) donde estudiaba, según informó ayer la agencia ACN. Es uno de los primeros fallos judiciales de estas características que se dictan en Catalunya. Los progenitores hicieron caso omiso a los requerimientos del centro escolar y también de los servicios sociales para que obligasen a su hijo, de 15 años, a asistir a clase.
El juicio no se llegó a celebrar, ya que la fiscalía y los abogados de la familia llegaron a un acuerdo antes de la vista para que los imputados reconocieran los hechos a cambio de que la acusación pública sustituyera la pena de prisión que inicialmente reclamaba por una multa de 700 euros. Al aceptar los progenitores este acuerdo, la vista fue un trámite.
Salvador E. y su esposa estaban acusados de un delito de abandono de familia, pues reiteradamente permitieron que su hijo adolescente no fuera al instituto en el barrio de Sant Cosme, donde el absentismo escolar es un grave problema.
Según explicaron ayer los profesores, el chico empezó a no asistir al aula en la escuela primaria, pero cuando llegó al instituto la situación empeoró y prácticamente no iba a clase. Después de intentar dialogar con los padres, se comunicó el asunto a los servicios sociales municipales y a los de la Generalitat. Cuando se constató que el problema no se resolvía, la Administración remitió el expediente a la Fiscalía de Barcelona que, a su vez, presentó una denuncia contra los padres.
REITERACIÓN /En los últimos años la fiscalía ha actuado en los casos de absentismo escolar reiterado y, sobre todo, ante las comunicaciones remitidas por las administraciones. Desde febrero a junio del 2009, la fiscalía presentó al menos cinco denuncias contra los padres por los novillos de sus hijos. En esa época había otros tres casos abiertos. La mayoría de los denunciados son españoles, aunque también había una madre rumana. Algunos de los padres se han justificado diciendo que no pueden controlar a sus hijos.
Las denuncias están avaladas por informes de diferente tipología, tanto de índole escolar como social, y por las citaciones reiteradas remitidas a la familia del niño desde diferentes organismos de las administraciones municipal y autonómica.
El Código Penal fija que debe ser condenado el que deje de cumplir los deberes legales de asistencia de patria potestad. Y entre esos deberes, según la fiscalía, están, en su núcleo central, los de educación y formación. Las denuncias inciden precisamente en estas obligaciones.
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